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BANDO MUNICIPAL 25/04/20

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25/04/20
Juan José Alonso Perandones, alcalde presidente del Ayuntamiento de Astorga
Hago saber:
Ante la situación sanitaria provocada por la COVID-19, en sendos Bandos precedentes, de los días 13 de marzo y 7 de abril, he puesto en conocimiento de los ciudadanos los criterios de aplicación según lo establecido por el Gobierno de la nación y que son de aplicación para nuestro municipio, en razón del Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo.
En el día de hoy, en el BOE salen publicadas una ‘Resolución’ del Congreso de los Diputados y una ‘Orden’ del Ministerio de Sanidad. En la primera se prorroga el estado de alarma, por segunda vez, hasta el día 9 de mayo próximo, en los términos anteriormente establecidos, mientras que en la ‘Orden’ se contempla una autorización para que los niños y adolescentes, menores de 14 años, puedan abandonar, por un tiempo concreto, diariamente, el confinamiento.
Los requisitos que para salir a la calle han de ser cumplidos, para evitar el contagio, por parte de padres u otros responsables, y los niños y adolescentes, menores de 14 años, se resumen en los siguientes: deberán ir en todo momento acompañados y bajo la responsabilidad de un adulto, y en ningún caso el número de estos menores del grupo ha de ser superior a tres; será preciso mantener una distancia mínima interpersonal de dos metros, y se han de satisfacer las medidas de prevención e higiene que han sido indicadas por las autoridades sanitarias para toda la población. Los lugares de tránsito para el paseo serán las vías públicas, así como los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, en el entorno de un km del domicilio. Ratifica la ‘Resolución’ que “no está permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre” y tampoco “a instalaciones deportivas”.
En esta ‘Resolución’ del Ministerio de Sanidad no se alude a que puedan llevar consigo determinados juegos infantiles; tampoco a que sea obligatorio el proveerse de mascarilla y guantes. Respecto a lo primero, dado que nada precisa, se ha de tener en cuenta el hecho de que en ningún caso se pueden realizar actividades con juegos que conlleven un “descontrol” del niño o adolescente, y puedan, por tanto, originar un acercamiento a otra persona a una distancia inferior a dos metros. En cuanto a las mascarillas, es recomendable su uso, ateniéndose a las normas sanitarias, e incluso los guantes.
Las características de los espacios urbanos y sus entornos, en la ciudad y en los pueblos del municipio, permiten a las familias un disfrute, dentro de los límites estipulados, sin las cortapisas de las grandes urbes, durante el tiempo de estancia al aire libre, que es de una hora en el tiempo comprendido entre las nueve de la mañana y las nueve de la tarde-noche. En el Bando dictado el 13 de marzo ya procedí a la “clausura de los parques y jardines públicos”, decisión, evidentemente, que sigue en vigor.
No obstante lo anteriormente manifestado, dado que la ‘Resolución” contempla el posible uso, para los niños y adolescentes acompañados, de “zonas verdes autorizadas”, determino como tales zonas autorizadas el parque del Melgar y La Eragudina, al ser espacios amplios y abiertos, y con la posibilidad real de no tener que coincidir, con otro grupo que esté disfrutando el paseo, en senda alguna; no están dotados, por lo demás, de juegos infantiles. La fuente de La Eragudina, por obvia prevención, seguirá clausurada. Al tiempo, encarezco, especialmente a las familias que habitan zonas con calles estrechas, o áreas como las de supermercados, que elijan como tiempo de paseo el que no conlleve un horario de intensidad comercial.
Así queda dispuesto por esta alcaldía para su cumplimiento, el 25 de abril de 2020, con el deseo de que las disposiciones dictadas supongan un primer alivio para las familias y sus pequeños hijos.

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